8 mar 2023

[A703] Normas de seguridad para Microplantas

En el siguiente texto vamos a mencionar algunos de los puntos legislados en Argentina sobre Microplantas, sobre todo desde el punto de vista del cliente, para facilitar las decisiones respecto a los requisitos de instalación y control de las mismas.

Importante: en todos los párrafos de este artículo se realizó una lectura selectiva en función de lo que se quería resaltar, por lo tanto se deberá recurrir a la lectura completa de la Res. 1097/2015, Anexo III, Capítulos I y IIque se cita al final de esta nota. 

Área de almacenamiento

Una Microplanta de llenado para abastecer con Gas Licuado de Petróleo (GLP) a cilindros, generalmente provistos por la firma fraccionadora o por la empresa que vendió o rentó los autoelevadores, está compuesta por: 1 a 6 tanques para GLP de hasta 7,6 m3 de capacidad; 1 o más bombas para impulsar GLP (con motor e instalación eléctrica a prueba de explosión -APE- y mando para detención a distancia); manguera con pinza o pico de carga exclusivo para este tipo de cilindros; válvula de exceso de flujo y/o conexión “pull away” (para solucionar problemas de arrancamiento de manguera); dispositivos de alivio por exceso de presión, y demás elementos.


Todos los elementos constitutivos de las instalaciones deben estar identificados y ser aptos para el servicio de GLP, construidos conforme a Normas ANSI, ASTM u otra nacional o internacional reconocida, y recomendados por el fabricante para su uso.

Para la ubicación de la Microplanta rige lo dispuesto para cualquier instalación con tanque o batería de tanques cuya capacidad individual se encuentre entre 0,454 m3 y 7,6 m3. O sea que el abastecimiento a granel solo podrá hacerse en zonas cuyas características de edificación y predio permitan la aplicación de las distancias mínimas de seguridad de acuerdo a lo normado en el Capítulo 6 de la NFPA 58.

Los recipientes horizontales deberán estar montados sobre soportes (hormigón o metal) que permitan la expansión y contracción, no solamente del recipiente sino también de las cañerías conectadas. En ambos casos los apoyos se asentarán sobre una platea de hormigón, que deberá calcularse en función de la carga a soportar y la resistencia mecánica del suelo. No está permitido el apoyo de la envolvente del recipiente (cuerpo cilíndrico y casquetes) directamente sobre piso de tierra. Queda terminantemente prohibida la instalación de tanques de almacenaje de GLP a granel dentro de recintos totalmente cerrados, en sótanos de edificaciones, y en el interior de locaciones donde se desarrolle cualquier actividad.


Las microplantas de llenado deberán tener un vallado o cerco perimetral que proteja de los vehículos a la zona de carga o descarga de GLP. El cerramiento contará con 2 puertas que abrirán hacia el exterior, ubicadas en forma opuesta (diagonal), con cierres de accionamiento rápido manipulable desde el interior sin necesidad de llave. También será una protección para el ingreso de toda persona ajena a la operatoria de llenado de cilindros, evitando que con su accionar pueda operar cualquier elemento de la instalación.

La protección contra incendio será proporcional (mínimamente) al volumen de GLP contenido en la instalación, a razón de 1 Kg de Polvo Químico Seco (PQS) clase ABC por cada m3 de almacenaje, previéndose como mínimo un extintor de polvo seco Clase ABC de 5 Kg. La instalación, ubicación, mantenimiento y señalización de los extintores responderá en todos los casos a lo establecido en la Norma IRAM 3517.

Los tanques para GLP deberán señalizarse con carteles de prevención con las leyendas “PROHIBIDO FUMAR” y “PELIGRO INFLAMABLE”, en letras negras con fondo amarillo según lo dispuesto en la Norma IRAM 10005 parte I y II. Además, como en todo otro tanque, deberán contar con calcos que indiquen el nombre de la Firma Fraccionadora y el teléfono del servicio de emergencia de la misma. Por tratarse de una instalación cercada también llevará la advertencia “PROHIBIDA LA ENTRADA A TODA PERSONA AJENA A LA INSTALACIÓN”. Y por tratarse de una Microplanta puede llevar cartelería instructiva con el "Rol de emergencias" y de la "Operatoria de carga". De ser necesario se demarcará horizontalmente el suelo circundante.

Los elementos constitutivos de la Microplanta de llenado deberán ser sometidos a verificaciones o pruebas periódicas según el mantenimiento preventivo determinado para esos componentes en concordancia a lo establecido en la Norma NAG 102. Complementariamente la Res. 8/2006 menciona dentro de los controles periódicos: ensayos bianuales de las válvulas de alivio hidrostático (apartado 10.5.2), ensayos anuales de las válvulas de exceso de flujo (apartado 10.5.3), y ensayos semestrales de las mangueras para GLP (apartado 10.5.4). Estos ensayos los realiza la empresa proveedora de GLP y son controlados durante las visitas de la empresa auditora.

La Firma Fraccionadora será responsable del mantenimiento y control de la instalación externa hasta la zona de despacho, mientras que el mantenimiento de la obra civil, del predio circundante y de otras instalaciones (aún dentro de la zona de seguridad, ej.: iluminación) está a cargo del cliente.

Área de despacho

La zona de despacho de GLP para autoelevadores deberá estar instalada sobre una base de hormigón independiente (si está alejada del almacenamiento), o formar parte de una única unidad de almacenamiento y despacho montada sobre una base continua de hormigón y protegida por un solo cerco perimetral. Los dispositivos de despacho de GLP deberán ubicarse a no menos de 3 m de cualquier otro dispositivo de despacho para líquidos Clase 1 (se encienden fácilmente y arden rápidamente, ej.: diesel).

Al igual que la zona de almacenamiento deberá ubicarse alejada de fosas o sectores bajos, y no deberá presentar drenajes. Se evitará la descarga del fluido a presión dirigida hacia la abertura de un sistema cloacal o a 4,6 m de distancia del mismo.

El área de despacho no podrá ubicarse en el interior de un edificio, pero podrán estar bajo un abrigo meteorológico o un techo, siempre que esta área esté adecuadamente ventilada y no se encuentre cerrada en más del 50 % de su perímetro.

Se instalará una válvula de exceso de flujo o una válvula de cierre de emergencia en el punto en que la manguera de despacho se conecta a la cañería de líquido. 

Las cañerías y la manguera de despacho contarán con válvulas de alivio hidrostático o dispositivos que provean una protección por alivio de presión en cada sección de cañería, incluida la manguera (en la cual el GLP líquido puede quedar aislado entre 2 válvulas de cierre). Estas válvulas de alivio podrán liberar producto a la atmósfera o enviarlo de retorno al tanque. 

El largo de la manguera de despacho no deberá ser mayor que 6 m, contará con algún dispositivo de amarre o sujeción que evite arrastres innecesarios, y poseerá un carretel donde se pueda colgar cuando no se encuentre en uso, evitando de esta manera posibles daños por pisadas. El pico de carga deberá encontrarse asegurado para protegerlo de golpes y las mangueras serán fabricadas y aprobadas para su uso con GLP. Entre la manguera y la cañería se instalará una válvula de cierre de acción rápida (válvula para alta presión).

Deberá instalarse un dispositivo de arrancamiento de emergencia que cumpla con la Norma UL 567 (Conectores para caños normalizados para líquidos inflamable y combustibles y Gas Licuado de Petróleo), y que esté diseñado para retener el líquido a ambos lados del punto de desprendimiento. Ha bitualmente se instala un conector pull away que ofrece la posibilidad de desconexión automática entre el surtidor y la boca de carga cuando se produce un aumento de tensión en la línea de abastecimiento, impidiendo potenciales daños a la instalación y posibles fugas de combustible. 

Se debe controlar la aptitud de corte de llenado en la bomba utilizada para la transferencia de GLP a la unidad (ej.: suele instalarse una válvula by pass), con el objeto de minimizar la posibilidad de fugas y descargas accidentales.


Puesta a tierra

Las microplantas de llenado deberán contar con pinza y cableado de puesta a tierra en la zona de despacho, para equiparación de cargas estáticas en las operaciones de carga a autoelevadores. Si el área de despacho y la de recepción del producto se encuentran alejadas y no forman un solo bloque (dentro de un mismo cerco), esta última también deberá contar con descarga electrostática. 

Las instalaciones eléctricas deberán contar con puesta a tierra de acuerdo a lo normado en la Norma NFPA 70 o Norma IRAM de aplicación equivalente, o de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA).

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