25 feb 2021

[A201] Estrategia de medición de exposiciones ambientales

En el imaginario colectivo se cree que cualquier problema de contaminación del aire en el ambiente de trabajo se puede determinar por medio del sentido del olfato, y si bien en la mayoría de los casos puede resultar cierto, en otros no, por lo que este método no es suficiente para detectar algunos de los contaminantes más peligrosos (los ejemplos más notorios son los correspondientes a escapes de nitrógeno o al aumento de dióxido de carbono). No obstante se sigue implementando este método, sobre todo a nivel doméstico, como en el caso del gas natural, al que se le introduce deliberadamente un agente fétido como medida de seguridad, permitiendo la detección de fugas gracias al fuerte olor con el que se impregna el ambiente.

También se puede consultar bibliografía actualizada sobre el tipo de industria que se está inspeccionando, y determinar los posibles contaminantes que podría liberar. O analizar los procesos dentro de la planta para determinar los puntos donde se pueden producir fugas a los distintos ambientes. Esto último tiene fuerte base técnica e implica el conocimiento de herramientas, equipos, instalaciones y máquinas.

Quizás lo más adecuado, junto a lo ya mencionado, sea la confección de un Diagrama de Flujo y tener un camino secuenciado de las acciones que se deben tomar no solo para cuidar la salud de los trabajadores, sino una verdadera prevención. Junto a esto debe estar muy presente la consulta o el trabajo colaborativo con profesionales de otras áreas específicas. 

El Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional de la Agencia Federal del Departamento de Trabajo de los EEUU (NIOSH por sus siglas) tiene desarrollado un diagrama de actuación, siguiendo una estrategia para la medición de exposiciones químicas en los ambientes de trabajo (ver final de esta nota). Si bien el Anexo III no presenta ningún diagrama de actuación (como existe en carga térmica por calor), una opción es adaptar el diagramo NIOSH considerando la terminología utilizada en el Cap. 9 del Decreto 351 y de su Anexo III (Argentina). De esta manera podemos hacer un seguimiento que incluya la toma de muestras, la medición de las exposiciones, la evaluación del riesgo y la adopción de medidas de control, conformando en un todo lo que se conoce como gestión del riesgo.

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El Anexo III también nos recuerda que algunas personas pueden ser hipersusceptibles o de respuesta inesperada a algunos productos químicos de uso industrial, debido a factores: genéticos, edad, hábitos personales, toma de medicamentos, o exposiciones anteriores que les han sensibilizado. Esas personas puede que no estén protegidas adecuadamente de los efectos adversos para su salud, por lo que concentraciones por debajo del CMP podrían afectarla. En estos casos la legislación argentina indica que el médico de la empresa (médico del trabajo) es el que debe evaluar si estos trabajadores requieren protección adicional.

Además cuando las acciones de control se toman después de que se han excedido las mediciones los CMP, es probable que sea tarde para evitar un daño en la salud de algunos trabajadores (que es lo más importante) y también para evitar una multa. Por eso la normativa estadounidense considera los llamados "Niveles de Acción" (AL, que vamos a castellanizar como NA) y que NIOSH arbitrariamente considera como el 50% de los PEL (que para nosotros sería la mitad de los CMP).

Estos NA son un tipo de medida preventiva que nos permite alejarnos de los límites legales, proporcionando un margen de error suficiente para garantizar que las exposiciones de los trabajadores no excedan los CMP, o también para contemplar a los trabajadores que por factores personales no están suficientemente protegidos con los valores límite. Por este motivo, si bien el Anexo III no lo contempla, lo hemos incluido en el diagrama anterior, reafirmando de esta manera que nuestro objetivo es la prevención.

Diagrama NIOSH para medición de exposiciones a agentes químicos.


Fuentes:
  • Asfahl; Rieske (2010). Seguridad Industrial y Administración de la Salud. 6° Edición. Pearson. México.
  • Decreto 351 y Anexo III de la Ley 19587. Higiene y Seguridad en el Trabajo. Argentina.
  • Imagen1 propia. Imagen2 (Asfahl; Rieske).

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